sábado, 13 de octubre de 2012

SALVAVIDAS A MOROSOS

A partir de ahora, las personas naturales podrán acudir a la figura de la insolvencia, tal como lo hacen las empresas cuando se ven en dificultades para cumplir las obligaciones con sus acreedores.

Se trata del derecho a la insolvencia o salvavidas para morosos que quedó incluido dentro del nuevo Código General del Proceso, recientemente sancionado por el presidente Juan Manuel Santos. "Es un derecho tan poderoso como la tutela", dice Simón Gaviria, representante a la Cámara y autor de la iniciativa.

Como la idea no es fomentar la cultura del no pago, solo se podrán acoger a esta figura quienes incumplan dos o más obligaciones a favor de dos o más acreedores por más de 90 días; o cursen en su contra dos o más procesos ejecutivos o de jurisdicción coactiva.

El deudor no podrá haber transferido sus bienes seis meses antes de declararse en insolvencia, ni podrá incumplir acuerdos de pagos. Otro requisito es que la deuda debe significar más del 50 por ciento de los activos de la persona y no podrá solicitar el inicio de otro procedimiento de insolvencia sino hasta que transcurran cinco años. También las personas tendrán derecho a lo que se conoce como 'punto final' o liquidación patrimonial. Según Gaviria esta figura es para casos extremos en donde definitivamente la persona no tiene cómo pagar sus deudas. En este caso tendrá que poner a disposición de sus acreedores la totalidad de sus bienes.

“Me parece muy bien que el gobierno piense y ayude a los colombianos del común, que debido a razones, como la situación económica del país, el desempleo, el sueldo mínimo que es tan bajo, y que en la mayoría de las familias colombianas solo se sobrevive del rebusque o en el mejor de los casos con un solo sueldo mínimo, no han podido cumplir con sus obligaciones, razones claras donde definitivamente la persona demuestre que le ha sido imposible pagar sus deudas, porque si las paga, sencillamente su familia no come.

Aunque me imagino yo, los bancos entraran a jugar un papel muy importante, ya que estas empresas, no van a aceptar que se cierre una deuda, sin que se haya cancelado la totalidad de esta, faltara ver con que salen, porque ellos no pierden, ni regalan un peso.

DISPONIBLE EN: Tomado de:http://www.semana.com/economia/salvavidas-morosos/185535-3.aspx

JOHANA CAROLINA ZAMUDIO ACOSTA, IU CESMAG

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